Corte de Temuco ordena la prisión preventiva de militares imputados por tortura

Publicado por: Redacción Ufromedios
Judicial
abril 10, 2023

El tribunal de alzada decretó la medida cautelar de prisión preventiva a los efectivos del Ejército: el teniente Juan Carlos Calvo Oróstica; el sargento segundo Enrique Alejandro Quintana Bastías; los cabos primero Patricio Fabián Fuentes Gatica, Isaías Osvaldo Illanes Aguilera y Daniel Esteban Guarda Peña; los cabos segundo Claudio Matías Millalén Correa, Matías Eduardo Matamala Osorio, y el alférez Walter Francisco Balboa Cid, imputados como autores del delito consumado de tortura.

 

En fallo unánime la sala del tribunal de alzada acogió la apelación deducida por el Ministerio Público, con adhesión del Instituto Nacional de Derechos Humanos y del querellante particular,  y revocó la resolución dictada el 30 de marzo pasado, por el Juzgado de Garantía de Temuco.



 Los hechos

 

Según el ente persecutor, aproximadamente a las 22:30 horas del 22 de octubre de 2019, las víctimas, se encontraban participando en una manifestación pública, en el contexto del denominado estallido social, en la intersección de las calles San Martín y Andes de Temuco. Lugar al que arribaron efectivos del Ejército, a bordo de vehículos institucionales, quienes procedieron a detener a los jóvenes.

 

Una vez reducido, obligaron a R.I.G.Q., en medio de golpes, a arrodillarse y pedir disculpas a viva voz  a los vecinos del sector por estar protestando. Luego, maniataron a las víctimas y, en uno de los vehículos en que se desplazaban, las llevaron hasta el Cementerio General de Temuco, lugar donde las obligaron a apoyar la frente en uno de los muros de la necrópolis y, en medio de golpes e insultos, volvieron a exigirles que pidieran “disculpas al país por protestar”. Finalmente y siempre ubicadas las víctimas de cara a la pared, los soldados manipularon las armas que portaban, simularon un fusilamiento y, en medio de patadas, les ordenó que se retiraran del lugar, sin mirar atrás, bajo la amenaza de dispararles a matar.

 

Los integrantes de la patrulla militar no dieron cuenta a la autoridad policial de la detención de las víctimas.

 

A consecuencia de la golpiza, R.I.G.Q. resultó con una contusión costal, causado por el golpe propinado por uno de los imputados con un fusil, entre otras lesiones; en tanto, C.F.C.M. resultó con equimosis en la región dorsal intercostal derecha, en la fosa ilíaca derecha y eritema en la región lumbar. Lesiones catalogadas clínicamente como de carácter leve.